Más Rápido – Mensajería Expresa

¡Más rápido y seguro recibirás tus envíos!

Esta nueva línea de mensajería expresa, te ofrece el servicio de transporte de documentos y paquetes hasta 5 kilos de peso real o peso volumen, cuyas aristas no excedan de 50 cm.

Cada envío debe tener una guía de por unidad.

¿Qué nos hace diferentes?

Nuestra promesa de entrega es de 24 a 36 horas, ya que el envío se realiza por bus.

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Condiciones generales del servicio

  • El servicio de Recolección a Domicilio aplica para la ciudad de Medellín.
  • El cliente podrá solicitar el servicio en estos canales: Call Center 4448888 Medellín, masrapido@rapidoochoa.com.co
  • No aplica para modalidad de pago contra-entregas.
  • La empresa sólo responde por el valor declarado y manifiesta que recibe unidades de empaque cerradas y selladas sin verificación del contenido. (máximo valor declarado de 200.000).
  • El costo por manejo mínimo de mensajería expresa  es de $500 o el 2% del valor declarado por el cliente. Este monto cubre hasta $20,000 del valor declarado.
  • El servicio de mensajería NO aplica para entrega en almacenes de cadena, zonas francas.

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Condiciones Especiales.

Imposibilidad de entregar paquetes/sobres en el Domicilio:
Si el destinatario se negara a recibir la carga o no fuere posible entregarla por causas no imputables a la empresa, ésta la mantendrá en la Agencia destino y dará aviso al Cliente. Dentro del plazo de 5 días corridos contados desde la notificación el cliente deberá pagar el valor del flete correspondiente a la devolución de la carga o programación de nuevo servicio de entrega domicilio.

No retiro de paquetes/sobres en oficina destino:
Si el despacho fuere realizado bajo la modalidad para reclamar en bodega/oficina, el destinatario deberá retirar la mercancía dentro de los 05 días corridos a partir de la fecha de recepción en el destino indicada en la Guía de Transporte. Transcurrido ese plazo, LA EMPRESA podrá remitir esta mercancía a una bodega que destine especialmente a este efecto.

Carga abandonada:
Transcurrido el plazo establecido en el Código de Comercio y Estatuto del Consumidor, la empresa estará facultada para ordenar la disposición final de la carga dejando los registros respectivos de este hecho. Resolución 1822 del 4 de Julio de 2018.

No transportamos por bus.

• Productos en estado líquido.
• Mercancías cuyo largo exceda los 6 metros.
• Menajes doméstico.
• Animales vivos.
• Electrodomésticos de ninguna clase.
• Monedas y billetes, metales y piedras preciosas, objetos y joyas de metales o de piedras preciosas.

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